La Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, publicada en el BOE del 18 de marzo de 2023 determina que, a los efectos de la deducción por maternidad correspondiente a los períodos impositivos 2020, 2021 y 2022, se entenderá que continúan realizando una actividad por cuenta propia o ajena por la cual están dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad las mujeres que a partir de 1 de enero de 2020:
En estos casos, podrán aplicar la deducción por maternidad por los meses en los que continúen en dicha situación y se cumplan el resto de los requisitos establecidos en el artículo 81 de la LIRPF en su redacción vigente en el momento del devengo del impuesto.
Conviene destacar que la deducción por maternidad correspondiente a los meses de 2020 y 2021 respecto de los que se cumpla lo señalado, se practicará de forma separada en la declaración de este impuesto correspondiente al período impositivo 2022 en los términos que se establezcan en la orden ministerial por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2022, y se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos.
En cambio, estos importes se entenderán aplicados en el caso de que en dichos meses el contribuyente hubiera practicado la deducción de forma efectiva y no se hubiera regularizado, siempre que se ajuste a los términos y condiciones ya apuntados.
Fuente: Iberley
Los servicios de Inspección de la Agencia Tributaria serán más exigentes con los asesores fiscales. En este sentido, si tropiezan con un asunto en el que advierten malas prácticas por parte de estos especialistas, lo denunciarán. Es la nueva línea que está siguiendo la Inspección en los procedimientos sancionadores cuando existen delitos, aunque no lo harán por sistema y lo estudiarán caso a caso.
Caridad Gómez Mourelo, jefa de la Unidad Central de coordinación en materia de delitos contra la Hacienda Pública, ha destacado en el coloquio sobre fiscalidad del 25 aniversario de Garrido Abogados que "si somos más exigentes con los asesores, tendrán más prudencia con sus actuaciones de venta de esquemas".
Sin embargo, ha precisado que "para nada estoy queriendo decir que vayamos a denunciar a cada asesor fiscal". De este modo, Caridad Gómez Mourelo ha subrayado que "detrás de cada denunciado, no irá el asesor fiscal". No obstante, la inspectora recuerda que ya ha habido casos en los que los asesores han sido condenados. "Es algo que el propio Tribunal Supremo ya está avisando", ha añadido.
En todo caso, Gómez Mourelo ha explicado que, en materia de regularizaciones, la Inspección siempre es más exigente cuando se está ante un escenario de delito fiscal. "Es muy distinto regularizar cuando has cometido un delito que si no lo has hecho", ha manifestado. "Si hay delito vamos a ser muy exigentes, mucho más que si se cometió una infracción tributaria", ha apuntado también.